23 de noviembre de 2017

CHACO - CABALLERO II: este jueves se reanudan los debates con la culminación de la indagatoria de Patetta.

MIÉRCOLES, 22 NOVIEMBRE, 2017
Causa Caballero II: este jueves se reanudan los debates con la culminación de la indagatoria de Patetta
La causa Caballero II por crímenes de lesa humanidad avanza hacia su etapa definitoria, de cara a la convocatoria de alegatos. Además, en un proceso paralelo, la Jueza Federal de Resistencia Zunilda Niremperger denegó el beneficio de la prisión domiciliaria al guardia Cárcel de la U7 en 1976 Pablo Cesar Casco, sindicado como uno de los más pegadores del citado presidio, quien continuará detenido a la espera del debate oral , donde será juzgado por torturas.

En la mañana del jueves 23 retomará actividad el juicio oral por crímenes de lesa humanidad perpetrados en la ex Brigada de Investigaciones de la Policía del Chaco durante la última dictadura cívico militar, con doce represores del terrorismo de Estado imputados por secuestros, torturas, desapariciones,  y violación.

La causa avanza hacia su etapa definitoria; en el último día de audiencia, que tuvo lugar la semana pasada, comenzó su declaración ante el tribunal el último imputado que restaba por manifestarse, Luis Alberto Patetta, con una exposición en la que negó todos los crímenes que se le imputan y descalificó la veracidad de los testimonios en su contra, en concordancia con lo expuesto por los otros imputados, muchos de ellos, al igual que el mismo Patetta, ya condenados en otros juicios en los que fueron encontrados responsables de torturas, asesinatos y desapariciones. De todos modos, Patetta no pudo completar su declaración por lo cual se espera que en la jornada de este jueves termine su indagatoria, y entonces se avance hacia la presentación de documentales y demás cuestiones formales. Entonces estará expedita la vía para la convocatoria por parte del Tribunal de la etapa de alegatos. Se descarta que la misma tendrá lugar entre fines del corriente y principios de diciembre, por lo cual de no mediar algún retraso extraordinario la causa podría contar con una sentencia antes de fin de año.

CASCO, SIN DOMICILIARIA
Por otra parte, la Jueza Federal de Resistencia Zunilda Niremperger denegó el beneficio de la prisión domiciliaria al ex Alcalde del Servicio Penitenciario Federal Pablo Cesar Casco , quien continuará detenido esperando el inicio del debate oral, donde será juzgado por tormentos padecidos en la Prisión U 7 por ex detenidos políticos en el año 1976. Cabe remarcar que el tribunal Oral de Resistencia días atrás,  había otorgado el Beneficio del arresto domiciliario a Casco fundándose en su edad y las condiciones de detención existentes en el Pabellón de Lesa Humanidad de la U 7. Dicha decisión fue apelada por la Fiscalía Federal con distintos argumentos a través de un Recurso de Casación, entre ellos que el criterio de los jueces sentaba un precedente por el cual deberían quedar en libertad los 400 internos alojados en Pabellones de peores condiciones , en función del principio de igualdad ante la Ley o en su caso que se estaban estableciendo categorías de internos de 1ra y de 2da , siendo paradójicamente beneficiados quienes cometieron los delitos más graves: los crímenes de Lesa Humanidad.

En su resolución, en sintonía con lo planteado por la Unidad de DDHH de la Fiscalía Federal, la jueza se refirió “a la responsabilidad que tiene el poder judicial sobre este tipo de delitos que forman parte de los compromisos asumidos por nuestro país en miras a la protección de los Derechos Humanos fundamentales, que los delitos que se enrostran a Casco y por los cuales está procesado con prisión preventiva ante este Tribunal, se tratan de delitos de una gravedad institucional superior, que son los delitos de Lesa Humanidad, que no solo se rigen por nuestra Ley Nacional sino también por el Derecho Internacional que en sus principales premisas busca el cumplimiento efectivo de la pena por parte de los responsables”.

Asimismo Niremperger expresó: “...Nada impide que Casco continúe cumpliendo detención en un establecimiento carcelario como hasta ahora, sin implicar ello un agravamiento de las condiciones de detención y que se traduzca tampoco en un deterioro para su salud o ponga en riesgo su integridad física...”.

Por último dijo “no se ha demostrado con suficiente rigor las razones humanitarias que constituyen la razón de ser del instituto previsto en el art. 33 de la Ley 24.660 ya que si bien las Unidades Carcelarias y en este caso la Unidad 7 del Servicio Penitenciario, dista de reunir los estándares ideales reconocidos en los Tratados Internacionales en relación a lugares de cumplimiento de la pena, lo cierto es que no advierto que exista una violación a Derechos Constitucionales ni un agravamiento de las condiciones de detención que impliquen un trato diferenciado en relación a los restantes internos de la Unidad”.
Fuente:DiarioChaco

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